¿Cómo se calcula la indemnización en caso de despido colectivo?

Calcular indemnización despido colectivo

El despido colectivo es el que, en un periodo de 90 días, afecta a un número determinado de trabajadores dentro de la empresa, de acuerdo con los límites establecidos por el Estatuto de los Trabajadores, y se fundamenta en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Mantiene muchas similitudes con el despido objetivo individual por las mismas causas (las llamadas ETOP), entre ellas, el cálculo de la indemnización, si bien en el despido colectivo tiene algunas particularidades que vamos a ver a continuación.

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¿Qué indemnización corresponde en caso de despido colectivo?

El despido colectivo está regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, que detalla sus causas, características y procedimiento, aunque no establece la cuantía de la indemnización, ya que para ello se remite a lo dispuesto para el despido objetivo del artículo 53.1.

De acuerdo con dicho artículo, la indemnización en caso de despido colectivo consiste en una cantidad equivalente a 20 días de salario por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un límite de 12 mensualidades. 

No obstante, se trata de un mínimo legal que puede ser mejorado en la fase de consultas con los representantes de los trabajadores, como efectivamente suele suceder, sobre todo cuando se trata de grandes empresas.

¿En qué puede variar la cuantía de la indemnización?

Como se ha dicho, la cuantía mínima legal establecida por el Estatuto de los Trabajadores puede ser mejorada por negociación entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

Es normal que sea así cuando el despido tiene lugar en empresas de grandes plantillas, y, de hecho, estas mejoras se utilizan también como incentivo para animar a los trabajadores a adscribirse voluntariamente a los expedientes de regulación de empleo (ERE) y reducir la conflictividad.

Algunos ejemplos de mejoras que pueden ofrecerse por la empresa son:

  • Elevar los días por año que se toman de referencia para calcular la indemnización y, además, subir el límite máximo, por ejemplo, de 12 a 24 mensualidades.
  • Ofrecer primas de adscripción y planes de prejubilación para los trabajadores que voluntariamente se acojan al expediente, evitando así los despidos forzosos.
  • Fijar topes mínimos para el sueldo base del cálculo, de modo que favorezcan a los trabajadores que han trabajado menos tiempo.
  • Establecer mejoras específicas o suplementos para colectivos vulnerables, como pueden ser los trabajadores con un porcentaje de discapacidad por encima de determinado umbral, que pueden tener mayor dificultad para la recolocación.

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que la exención establecida en el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) solo alcanza al límite legal, de modo que el resto percibido por el trabajador sí deberá tributar.

De igual modo, en caso de insolvencia de la empresa, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) solo se hará cargo del importe correspondiente al límite legal.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido colectivo?

Para calcular la indemnización, se debe tomar como referencia el salario diario, multiplicarlo por los días indemnizables y comprobar si la cantidad total rebasa el límite de 12 mensualidades. 

Por ejemplo, si el salario diario del trabajador es de 60 euros y ha trabajado 4 años completos en la empresa, la indemnización, en principio, será de 60 x (20 x 4), es decir, 4800 euros.

En cuanto al límite, si su salario mensual es de 1800 euros, sería 21.600 euros (1800 x 12), por lo que no se supera.

Veamos con detalle cada concepto:

¿Cómo se calcula el salario diario?

Si el salario está fijado por días con prorrata de pagas extras, se tomará esa cantidad como referencia, pero normalmente se fija el salario anual, por lo que, para calcular el salario diario, habrá que dividir esa cantidad por 365 días, o 366 si el año es bisiesto.

El salario anual debe ser bruto e incluir las pagas extraordinarias, además de todos los complementos salariales. No incluye, en cambio, los conceptos extrasalariales, como dietas, plus de transporte, etc., que no retribuyen tiempo de trabajo.

Con anterioridad, en ocasiones se calculaba el salario diario tomando como referencia 360 días, pero de acuerdo con el criterio jurisprudencial actual, lo más correcto es dividir por 365 o 366 días, según el caso (sentencia del Tribunal Supremo número de recurso 521/2013 de 17 de diciembre).

Por ejemplo, si el trabajador tiene un salario bruto de 24.000 euros al año, su salario diario será: 24.000 / 365 = 65,75 euros.

¿Cómo se calcula el límite de 12 mensualidades?

Para calcular este límite, hay que tomar como referencia el salario diario calculado conforme al paso anterior y multiplicarlo por 30. Con ello se obtiene el salario mensual, y esa cantidad hay que multiplicarla por 12.

En el ejemplo anterior, el límite de 12 mensualidades será:

65,75 x 30 = 1972,5 euros al mes.

1972,5 x 12 = 23.670 euros como límite de la indemnización.

El Tribunal Supremo, no obstante, permite cierta flexibilidad en el cálculo (como dividir el salario anual por 12 para obtener la mensualidad o tomar como referencia el salario mensual reflejado en la nómina), pero teniendo en cuenta siempre que ello no perjudique al trabajador.

¿Cómo se calcula la antigüedad del trabajador?

La indemnización por despido colectivo consiste en 20 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, teniendo en cuenta que la antigüedad se computa desde la fecha inicial de la relación laboral hasta la fecha en que el despido se hace efectivo.

Así, si, por ejemplo, el trabajador tiene una antigüedad de 3 años, 7 meses y 10 días, se calcula el total de meses contando los meses completos y el resto de días como un mes. De acuerdo con este cálculo, en total se toman como referencia 44 meses:

3 años (36 meses), 7 meses (son igualmente 7 meses) y 10 días (se considera 1 mes).

A continuación, hay que transformarlo en años trabajados, dividiendo los meses totales por 12, es decir, 44 meses / 12 meses que tiene un año son 3,67 años.

Veamos entonces cuánto correspondería al trabajador por la indemnización por despido colectivo si tiene un salario mensual de 24.000 euros y su salario diario, al dividir por 365, es por tanto de 65,75 euros:

65,75 x 20 x 3,67 = 4826,05 euros.

El límite de la indemnización son 65,75 x 30 x 12 = 23.670, límite que no se supera, por lo que su indemnización será efectivamente de 4.826 euros, salvo que la empresa ofrezca un importe mayor u otros beneficios.

¿Qué ocurre si la empresa es insolvente?

Si la empresa es insolvente, será el FOGASA el organismo que se haga cargo del pago de la indemnización, pero solo hasta el límite de 30 días por año y hasta una anualidad, y con la base de un salario diario de 2 veces el salario mínimo interprofesional, como máximo.

Además, si la empresa ha ofrecido mejoras de la indemnización al trabajador, no tendrán efecto.

Por otro lado, si la empresa adeuda salarios al trabajador o se le deben salarios de tramitación, el FOGASA solo paga hasta un límite de 120 días de salario calculado con un tope de 2 veces el salario mínimo interprofesional diario, incluidas las pagas extras prorrateadas, aunque el salario efectivo del trabajador sea mayor.

Lorena Sanjaime Ramos
Lorena Sanjaime Ramos

Lorena Sanjaime Ramos es socia fundadora de Sanjaime Abogados Laboralistas. Es graduada en Derecho  y miembro del Colegio de Abogados de Valencia (colegiada número 18.189) desde el año 2016.

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